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Problemas con el Título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales   Imprimir  E-Mail 
Escrito por Administrator  
03-02-2005
Nos dirigimos a ustedes para exponer una contradicción que estamos sufriendo, al ser los “conejillos de indias” de una nueva titulación de la tan “promocionada” formación profesional.

Pasamos a explicar de forma objetiva como se encuentra el novedoso Ciclo Formativo de Grado Superior en Prevención de Riesgos Profesionales.

1. Nuestro título conlleva el término de Técnico Superior, (impuesto por el RD. 777/1998, de 30 de Abril), este término es erróneo según las funciones que vamos a desempeñar.

2. Con el vacío de formación que en cuanto a este tema había hasta que se publicó el RD. 1161/2001, 26 de Octubre en donde se regula el título Ciclo Formativo Superior de Prevención de Riesgo Profesionales, consideramos que las certificaciones conseguidas tanto a nivel intermedio como superior, por otros medios (por sólo 300 ó 600 horas con cursos a distancia y pagando lo solicitado por la academia u órgano que lo imparte), no pueden ser comparados al nivel formativo y profesional con nuestro título de enseñanza reglada.

3. Los certificados de nivel intermedio y superior (de 300 a 600 horas) eran conseguidos con menos conocimientos que el que este año conseguiremos nosotros con 2000 horas de las cuales 350 horas son de practicas en empresas (mutuas, servicios de prevención ajenos, INSHT, etc.) y un proyecto de final de ciclo.

4. Para poder realizar este ciclo formativo, tenemos todos una formación anterior de COU, FP2, Bachillerato de LOGSE o titulación universitaria, lo cual nos lleva a no poder compararnos en ningún momento con el nivel intermedio, en el cual quieren incluirnos profesionalmente (nuestra formación es superior).

5. En cuanto a lo del tema de nuestro nivel superior, podemos exponer que los que están acreditados ahora, no pueden tener la formación que poseemos nosotros, aunque este grupo incluso no quiera que nosotros estemos a su nivel, ( miedo??), a este grupo podemos comentarles que:

• Para acceder a la acreditación de nivel superior, según la L.P.R.L., se les exige un titulo universitario, en dicha ley no se especificaba que titulación universitaria, por lo cual, cualquiera valía; p. ej. Magisterio en música + 600 horas de prevención = Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales. Por lo que nos preguntamos: ¿qué formación puede tener un diplomado en magisterio sobre prevención con 600 horas (recordamos que nosotros hacemos 2000 horas)?, ¿qué supervisión puede tener este profesional, sobre nuestra categoría, si sus conocimientos son inferiores?, ¿será por su título universitario?, ¿o por que en el currículo de Magisterio han incluido asignaturas de prevención, son cuatrimestrales o anuales?

• Otro ejemplo, porque no tenemos nada en contra de los Diplomados en Magisterio. Un I.T. de Minas (en clase hay un par de estudiantes de dicha titulación) ellos durante los tres años de carrera estudian una asignatura cuatrimestral de Seguridad (4 créditos 40 lectivas incluidas las prácticas) + las 600 horas = Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales. Por lo que nos preguntamos: ¿tienen ellos también más conocimientos que nosotros? Volvamos al el problema anterior, ¿da los conocimientos adecuados a este tema el hecho de tener título universitario?

No tenemos nada en contra de los universitarios, al contrario, lo que pretendemos es reivindicar nuestra profesión y evitar el intrusismo, nosotros no lo haríamos…

Cuando se implante la Licenciatura/Diplomatura de P.R.L., ¿qué harán todos estos acreditados, estarán también en la supervisión? nosotros sabemos que estos licenciados podrán supervisarnos, pero otros profesionales no nos parece serio.

Mientras dicha licenciatura no sea una realidad, sobre el tema de P.R.L., nosotros los del Ciclo Formativo Superior de Prevención de Riesgos Profesionales, somos los más capacitados (por especificidad, por formación, por tiempo dedicado a dicho estudio, por ser enseñanza reglada, por las 350 horas de prácticas más el proyecto, por no tener ninguna enseñanza reglada superior a la nuestra…etc.)

Por tanto solicitamos:

1. Que el título que se nos va a conceder (después de pasar exámenes, prácticas, proyecto...) sea considerado como su nombre indica TÉCNICO SUPERIOR, no intermedio en el cual nos quieren incluir.

2. Se hagan las reformas oportunas para que la nomenclatura se iguale al trabajo realizado.

3. Pediríamos que se dejen de realizar cursos, promovidos por los colegios oficiales, por ejemplo la Col. De Psicólogos que se está realizando uno en estos momentos.

Esperamos que se tenga en cuenta nuestro malestar.




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